Análisismiércoles, 16 de noviembre de 2022
Uniforme neutro
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El debate que generó el uniforme neutro fue desde el enfoque adultocentrista; de acuerdo con la Ley General de las Niñas, Niños y Adolescentes, el ejercicio de los derechos de los adultos, no podrá condicionar los derechos de la niñez y adolescentes. Según la Encuesta Nacional contra la Discriminación 2022 (Enadis), el 22.5 por ciento de las niñas y niños opina que en el país sus derechos se respetan poco o nada.Más allá de la ropa, está el interés superior de la niñez. De los 34 millones de estudiantes que hay en México, el 36 % se han sentido discriminados por su forma de vestir (Enadis).La Convención sobre los Derechos del Niño, reconoce los derechos humanos de las personas menores de 18 años y en el artículo 28 establece que la Educación deberá estar encaminada a desarrollar la personalidad. Los uniformes neutros contribuyen a esa garantía para la niñez.El uniforme escolar se comenzó a utilizar en México-en escuelas públicas-a partir de los años 30, impulsado por el presidente Lázaro Cárdenas, con la intención de eliminar cualquier distinción por la clase social a la que se pertenecía y para generar un ahorro a los padres de familia.El propósito que perseguía el uniforme no ha logrado reivindicar las desigualdades en las instituciones educativas, al contrario, han coartado el libre desarrollo de la personalidad y son costosos. No solo eso, durante años ha mantenido vigentes los estereotipos de género basados en prejuicios sociales, familiares y religiosos dejando en desventaja a las niñas y las infancias trans quienes reciben más violencia y discriminación. La Secretaría de Educación Pública desde los principios de los 90, el uso del uniforme “ha sido voluntario” ni en los reglamentos de la SEP ni en el Artículo 3° de la Constitución Política Mexicana se establece que las niñas y los niños requieren de alguna vestimenta específica para ir a la escuela, mucho menos que las niñas usen falda y los niños pantalón. Existe un acuerdo entre varias secretarías, entre ellas, la SEP y la Profeco, que se establece en su artículo 6 que el uniforme escolar no es obligatorio. Fue firmado el 28 de febrero de 1992.La SEP recomienda en sus comunicados previos al inicio de cada ciclo escolar el uso del uniforme, pero aclara que no es un requisito para asistir a clases. Los padres de familia (guiados por el profesorado) de cada institución son los encargados de acordar como y si será usado.Hay que recordar que los derechos humanos son interdependientes e inalienables, entonces, el uniforme impuesto u obligado viola el derecho a la identidad, es decir, sobre el cuerpo, a expresarse libremente y es discriminatorio, pues el vestir es parte del libre desarrollo de la personalidad. Las Autoridades Locales en Educación, deben estar atentas a los cambios sociales y armonizar sus políticas públicas para eliminar todo tipo de discriminación como lo expresan los Comunicados de las Instituciones expertas en el tema como lo son el Consejo Nacional para Prevenir y Eliminar la Discriminación (Conapred), la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) y la Comisión Estatal de los Derechos Humanos (CEDH).Maestro. ActivistaREDES:*Maestro. Activista