Localsábado, 8 de septiembre de 2018

Impepac no moverá 32 cabildos

Esperará impugnaciones para atender quejas de representación

El consejero reconoció que existe una diferencia de criterios en torno a la asignación de regidurías y los términos de sobrerrepresentación en la integración de los cabildos. Mientras que el Impepac consideró al alcalde y síndico como parte del cabildo, y en función de ello realizó el conteo para la integración, el TEEM consideró que las figuras de presidente y síndico municipal tienen una naturaleza ejecutiva, por lo que no debieran ser ubicados como factores en la condición de representatividad dentro de los cabildos.

“Totolapan es el único hasta el momento que ha determinado el Tribunal Estatal Electoral, no hay otra resolución, quedan sub júdice, o en estudio, todos los demás municipios”, reconoció Pérez Rodríguez, quien expresó que “el Consejo Estatal Electoral respeta el criterio diverso que tuvo el Tribunal respecto al tema y acata la resolución. El Tribunal dice que no comparte la idea del Instituto de que para la subrepresentación se tome al alcalde y al síndico, sin embargo, yo comento que tomamos en cuenta el artículo 18 y 16, y en correlación con los plurinominales fue que tomamos nosotros esta decisión, apegados al código electoral; sin embargo, atendemos claramente lo que dice el tribunal”.

En caso de impugnaciones, podrían alterarse las listas de regidores:

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