Reemplacamiento no es capricho: SMyT
"Está contemplado en la ley que debe hacerse cada tres años según lo establece la publicación del 25 de septiembre del 200 en el Diario Oficial de la Federación", en caso de no hacerlo las entidades son sancionadas
Israel Mariano
Dicha norma señala en su artículo séptimo "la vigencia de las placas será de tres años, contados a partir de que las entidades federativas, el Distrito Federal o la Secretaría hayan realizado sus canjes totales de placas...".
Y agrega:
Por lo anterior, Mercado Salgado, subrayó:
Es una norma federal que se debe cumplir, y es para dar seguridad jurídica a la propiedad, porque ningún vehículo esta registrado en el REPUVE ahora vamos a provechar para registrarlos en este sistema, desde los particulares hasta del servicio público.
-¿Si no se aprueba en el congreso el reemplacamiento, hay otra salida?.























