SSPH emite comunicado sobre detención
Se asegura que policías bancarios, están facultados para tal acción
Pachuca de Soto, Hgo. a 6 de marzo de 2019
COMUNICADO
I.- La PIBEH es una Institución Policial.
En la Ley de Seguridad Pública para el Estado de Hidalgo, publicada el 10 de noviembre de 2014 en el Periódico Oficial del Estado, se establece en el artículo 4 lo siguiente:
Artículo 4. Para los efectos de esta ley se entenderá por:
I.- […]
XVI. Instituciones Policiales: Los Cuerpos de Seguridad Pública Estatal y los Cuerpos Preventivos de Seguridad Pública Municipal, de Investigación y la Policía Industrial Bancaria del Estado de Hidalgo;
XXVI. Policía Industrial Bancaría del Estado de Hidalgo: Al organismo Descentralizado sectorizado a la Secretaría de Seguridad Pública, perteneciente a las Instituciones Policiales del Estado;
II. Apoyamos y realizamos acciones de Seguridad Pública.
Para sustentar esto, nos soporta la misma Ley de Seguridad Pública en sus artículos 12 fracción V y 29 fracción IV, que a la letra dicen:
Artículo 12. La seguridad pública comprende las acciones que realizan:
I. […]
V. La Policía Industrial Bancaria del Estado de Hidalgo;
Artículo 29. La Secretaría es una dependencia de la administración pública centralizada, que para el desempeño de sus atribuciones cuenta con las siguientes áreas:
I.- […]
IV. Policía Industrial Bancaria del Estado de Hidalgo;
III. Es nuestra obligación hacer cumplir la Ley.
Resulta evidente que, como se ha mencionado, no solo es una facultad, sino una obligación legal realizar las detenciones necesarias cuando las circunstancias lo ameriten.
IV. Función policial es legal, objetiva, profesional y respetuosa de derechos humanos
El trabajo de la Policía Industrial Bancaria del Estado de Hidalgo es un trabajo serio y profesional, llevando a cabo funciones de seguridad con apego irrestricto a la legislación en la materia.
Asimismo, la detención se llevó a cabo bajo el siguiente fundamento legal dispuesto en el Código Penal para el Estado de Hidalgo:
Título VII. Delitos contra el patrimonio
Capítulo IX. Daño en la propiedad


























