Control total de explosivos de la Sedena: Protección Civil
Hay que cumplir también con todo un protocolo administrativo
Armando Cobián Lafont / Noticias de El Sol de La Laguna
Rodríguez Bandres dijo que en el caso de La Laguna o de Torreón se tienen registros de algunas importantes empresas que utilizan de explosivos para sus actividades como son Caleras, Cementos, Peñoles y otras más.
"También para la utilización de pirotecnia se debe cumplir con la ley y contar con todos los permisos y opiniones autorizados", recalcó.
Cada vez que hay una tronada o la utilización de explosivos hay un conocimiento pleno de la Sedena.
A CUMPLIR CON LA LEY
Conforme a lo que establece el ARTÍCULO 5. Los interesados en fabricar, almacenar, comercializar, consumir y/o transportar cualquier tipo de material explosivo, deberán cumplir con los siguientes requisitos:
A. Tratándose de personas físicas:
1. Copia certificada por Notario Público del documento expedido por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público que lo acredite como persona física con actividad empresarial;
2. Copia certificada por Notario Público de acta de nacimiento del interesado;
3. Copia certificada por Notario Público de identificación oficial con fotografía del interesado;
4. Certificados de seguridad del lugar de consumo y/o de polvorines debidamente firmados por el Presidente Municipal del lugar en que se hayan de utilizar o almacenar los materiales explosivos;
5. Copia certificada por Notario Público de los planos carreteros de la ruta por la que se tenga programada la transportación del material explosivo, en caso de que la solicitud contemple la misma;
6. Copia Certificada por Notario Público de los planos oficiales del lugar de consumo y/o de polvorines, y
7. Copia certificada por Notario Público de la concesión minera, en caso de que el material explosivo a utilizar tenga fines de exploración y explotación de minas.
B. Tratándose de personas morales se presentarán los documentos descritos en el apartado anterior a excepción del descrito en el numeral 1, además:
1. Copia certificada por Notario Público del documento expedido por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público en donde conste su registro como contribuyente;
2. Copia del Acta Constitutiva de la Sociedad certificada por Notario Público, y
3. Poder ratificado ante Notario Público en el que se acredite la personalidad del interesado



























