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Análisislunes, 10 de enero de 2022

Intrigas | Artículo 27

PROFESOR PUEBLINO: La Revolución Mexicana engendró el artículo 27 constitucional que restituyó tierras a los poblados despojados y creó los ejidos, dotándolos de tierras para beneficiar a los pobres.

INDALECIO: Nace así el Derecho Social Agrario.

MANUELITO: Sin embargo, actualmente dichos principios o limitaciones se han modificado.

SOLEDAD: Y desde entonces se ha entregado el territorio nacional a empresas nacionales y extranjeras.

PRIMITIVO: Se ha concesionado. Nada más.

LUPITA: ¡Muchas! ¿Verdad?

TODOS: ¡¿Más del 50% del territorio de la nación?!

PROFESOR PUEBLINO: Esto lo permite la ley minera, aprobada en 1992, reformando el artículo 27. Canceló el reparto agrario y privatizó el ejido.

INDALECIO: Privatizó el patrimonio de los mexicanos.

PROFESOR PUEBLINO: Con el artículo 6. Se les da poder a las empresas mineras. Porque declara a la minería como de utilidad pública. Quiere decir que la actividad minera tiene preferencia sobre cualquier otra actividad, incluso sobre la siembra.

MORAIMA: En vez de darle prioridad a la producción de alimentos.

PROFESOR PUEBLINO: Además, las concesiones se otorgan por cincuenta años con la posibilidad de renovarla por otros 50 más.

LUPITA: Un siglo.

TODOS: ¿Fuimos?...

INDALECIO: Una pérdida real de soberanía Alimentaria.

MORAIMA: Una pérdida real de soberanía minera.

TODOS: Una pérdida real de ¡Soberanía!

Dr. Mario Alberto Gaytán Urbina | Formador de Docentes Jubilado

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