Intrigas | Artículo 27
PROFESOR PUEBLINO: La Revolución Mexicana engendró el artículo 27 constitucional que restituyó tierras a los poblados despojados y creó los ejidos, dotándolos de tierras para beneficiar a los pobres.
INDALECIO: Nace así el Derecho Social Agrario.
MANUELITO: Sin embargo, actualmente dichos principios o limitaciones se han modificado.
SOLEDAD: Y desde entonces se ha entregado el territorio nacional a empresas nacionales y extranjeras.
PRIMITIVO: Se ha concesionado. Nada más.
LUPITA: ¡Muchas! ¿Verdad?
TODOS: ¡¿Más del 50% del territorio de la nación?!
PROFESOR PUEBLINO: Esto lo permite la ley minera, aprobada en 1992, reformando el artículo 27. Canceló el reparto agrario y privatizó el ejido.
INDALECIO: Privatizó el patrimonio de los mexicanos.
PROFESOR PUEBLINO: Con el artículo 6. Se les da poder a las empresas mineras. Porque declara a la minería como de utilidad pública. Quiere decir que la actividad minera tiene preferencia sobre cualquier otra actividad, incluso sobre la siembra.
MORAIMA: En vez de darle prioridad a la producción de alimentos.
PROFESOR PUEBLINO: Además, las concesiones se otorgan por cincuenta años con la posibilidad de renovarla por otros 50 más.
LUPITA: Un siglo.
TODOS: ¿Fuimos?...
INDALECIO: Una pérdida real de soberanía Alimentaria.
MORAIMA: Una pérdida real de soberanía minera.
TODOS: Una pérdida real de ¡Soberanía!
Dr. Mario Alberto Gaytán Urbina | Formador de Docentes Jubilado