¿Qué es el SIEM? y ¿Es obligatorio registrarse?
CONTADORES
POR LIC. EDUARDO BURCIAGA
Registro obligatorio
Conforme con los artículos 29, 30 y 31 de la Ley de Cámaras Empresariales y sus Confederaciones (LCEC), todas las empresas, comerciantes e industriales, sin excepción, deben:
Inscribir a las sociedades de nueva creación dentro de los dos meses siguientes a la fecha de su registro ante la SHCP.
Renovar su registro dentro del primer bimestre de cada año, y manifestar si la compañía cesa parcial o totalmente sus actividades o cambia su giro o domicilio, en un plazo de dos meses contados a partir de la fecha en que estos hechos se produzcan.
Costos
Sanciones
El numeral 40 de la LCEC dispone que, para el caso del incumplimiento de las obligaciones relacionadas con el SIEM, la SE podrá imponer una multa equivalente de 200 a 600 veces la UMA, esto es actualmente de $16,898.00 a $50,694.00.
¿Pueden cerrar mi negocio si no pago el SIEM?