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Localjueves, 28 de enero de 2021

En Sinaloa se prohíbe el espectáculo de corrida de toros y pelea de perros

Se radicalizan también a las penalidades a quien maltrate desde un perro hasta un caballo, además se impondrá de seis meses a dos años de prisión  a quien cometa actos de maltrato o crueldad 

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Irene Medrano Villanueva │ El Sol de Sinaloa

¡Alto al dictamen! “detengan el dictamen” “no a la matanza de animales”, se leía en pancartas en las inmediaciones del Poder Legislativo porque un grupo de activistas estaban en contra del centro de bienestar, al asegurar que será un “centro de sacrificio”.

En la ley aprobada en materia penal, se amplía el tipo de animales sobre los cuales se establece una pretensión punitiva en caso de ser objetos de actos de maltrato o crueldad, ya que actualmente sólo se castiga los actos contra animales domésticos, sin embargo, se considera viable la inclusión de los silvestres y ferales.

Se impondrá de seis meses a dos años de prisión y de cien a 200 veces de multa del valor diario de la Unidad de Medida y Actualización, doblando con ello la penalidad vigente a quien de manera dolosa cometa actos de maltrato o crueldad en contra de cualquier animal doméstico, silvestre o feral.

Se prohíbe y serán consideradas como infracciones abandonar a los animales en la vía pública o en lugar lejano de su hábitat natural, así como comprometer su bienestar al desatenderlos por periodos prolongados.

Se prohíbe también la práctica de actos de zoofilia y el sacrificio de animales como método para controlar la sobrepoblación animal en situación de calle.

Las propuestas en las iniciativas también proponen reforzar el ámbito normativo estatal en materia de protección de animales buscando fortalecerlo en aras de pugnar por un mejor cuidado y protección de los mismos observando en todo momento otorgarle a dicho andamiaje jurídico un enfoque progresista.

En caso de que no sea reclamado el animal las autoridades podrán entregarlo a alguna Asociación Protectora de Animales, misma que podrán entregarlos en adopción de conformidad con las disposiciones de esta Ley.

Las instalaciones de las asociaciones protectoras de animales, Centros de Salud y Bienestar Animal, escuelas de adiestramiento y lugares de estancia y hospedajes creados para alojar temporal o permanentemente a los animales deben contar con veterinario responsable y demás personal capacitado.

Se incluye la obligación del titular del Poder Ejecutivo de incluir en su iniciativa de Ley de Ingresos y Presupuesto de Egresos del Estado del Sinaloa para el Ejercicio Fiscal correspondiente una partida para el cumplimiento de las obligaciones previstas en la Ley de Protección a los Animales.

La vida laboral de los animales de tiro y carga no será mayor a 15 años, considerando en dicho cómputo su edad fisiológica, siempre y cuando gocen de buena salud para el desempeño de dichas actividades.

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Los animales utilizados para carga, tiro o monta que se utilicen en las zonas conurbadas o recreativas con calles empedradas o asfaltadas, deberán ser necesariamente herrados con los accesorios adecuados que eviten que el animal resbale o se le dificulte el movimiento para su traslado.

Para el ejercicio y vigilancia del uso y destino de los recursos del Fondo se integrará un Consejo Técnico.

Las infracciones a la Ley anteriormente señaladas motivarán la aplicación de multa de 100 a 400 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización, las cuales serán determinadas por los Ayuntamientos en sus disposiciones reglamentarias atendiendo a la gravedad de la infracción y a las condiciones del infractor.

La diputada Alma Rosa Aguilar, presidenta de la comisión de Justicia señaló que estas reformas tratan de beneficiar a los “animalitos” y descartó que los centros de bienestar animal vayan a ser centros de sacrificio.

Cabe destacar que otras asociaciones como Huellitas con Causa no participaron en esta manifestación y así lo asentó Brenda González mediante un video donde asegura que ese movimiento está manipulado con fines políticos.

Lamentó que muchos de los que están plantados en el Congreso del Estado, ni siquiera han leído el dictamen rechazan.

Preguntó que “¿dónde está el dictamen que dice que hay un fondo para matar perros y gatos? y aclaró: Realmente si leen el dictamen, no se define como esta.

Se los digo porque ya tuvimos reuniones con esos diputados, donde nos mencionaron para qué era ese dicho fondo.

Brenda González

Aseguró que este fondo es para cuando los animales tengan un cuadro severo de rabia, por lo tanto reiteró que en la Ley en ningún momento se menciona que se quieran matar perros o gatos.

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