Se capacitan en el combate al lavado de dinero
Con éxito, inicia el primer congreso internacional en prevención de lavado de activos, en el que participan exponentes de México, Argentina, Guatemala, Perú y Bolivia
Sandra Solís / El Sol de Culiacán
Al no dar a conocer la procedencia de grandes cantidades de recursos o no tener cuidado en los procesos legales, tanto los contribuyentes como contadores y administradores, pueden recibir excesivas multas de hasta 168 mil pesos.
Por su parte, el Dr. Daniel Irwin Yacolca Estares, en su ponencia “El delito fiscal como fuente del delito de capitales: nuevos retos”, explicó que en el delito de lavado de activo se presentan dos cuestiones de gran relevancia, la conversión y la transformación.
En la conversión, se tiene dinero por el narcotráfico, trata de personas u otro ilícito y se convierte en otros proyectos como inmuebles, paraíso fiscal o cualquier otra cuestión para que no sea detectado como recurso con dudosa procedencia.
Señaló, el reto ahora para las naciones es revisar los tipos penales de lo que se considera como prohibido, teniendo en cuenta que el derecho penal no solucionará el problema, sino formará parte en la última instancia de ser el derecho.
Las medidas para prevenir operaciones con recursos ilícitos por parte sobre todo de contadores, es identificar al cliente o usuarios que realiza la actividad, como parte de los objetos de la ley
Los ponentes, indicaron que en esta ley las multas aplican cuando se abstienen de cumplir con los requerimientos notificados por la Secretaría de Hacienda, se incumplen las obligaciones de identificar actividades vulnerables.
Del mismo modo, cuando los avisos excedan 30 días a la fecha que debieron presentar la información y presentar los avisos sin los requisitos de ley, en todos estos, la multa va de entre 16 mil pesos hasta 168 mil pesos.
Sin embargo, cuando no se presentan los avisos, la multa va de 844 mil pesos a cinco millones de pesos, posicionándose como el cargo mayor que se aplica al no cumplir con las obligaciones.
Detalló, la evasión fiscal es la manera en la cual los “contribuyentes” buscan la manera de ocultar bienes, no declarando impuestos de manera dolosa, ocultando ingresos y sobrevalorando conceptos deducibles para incrementar costos.
Mientras que, en la elusión fiscal, aunque también se busca el no pago completo de los impuestos se hace a través de acciones que en principio son legales, en el que se minimiza el pago final, buscando “los tres pies al gato”.
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