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Localmiércoles, 18 de marzo de 2026

Denuncian redes de explotación sexual digital en Baja California

El estado tenía esta cuenta pendiente para tipificar el uso y alteración de imágenes sexuales mediante la IA: Coral Melo

Vicente Guerra

Plataformas digitales

Las plataformas digitales, indicó, no están obligadas actualmente en México ni en América Latina a rendir cuentas ante el estado o el sistema de procuración de justicia, dificultando la obtención de pruebas ante una denuncia penal.

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El cambio legislativo 

La reforma es al artículo 199 Octies del Código Penal Federal, para tipificar específicamente el uso de la IA en la comisión de violencia digital y violación a la intimidad sexual, la cual se pretende bajar a lo local.

Estipula que se considera violación a la intimidad sexual la creación, alteración, manipulación o difusión de imágenes, videos o audios de contenido íntimo sexual, reales o simulados, utilizando inteligencia artificial, algoritmos o herramientas digitales.

La iniciativa busca castigar estas conductas con penas que pueden ir de 3 a 6 años de prisión y multas de 500 a mil Unidades de Medida y Actualización (UMA’s), equivalentes a 58 mil 655 y 117 mil 331 pesos, respectivamente.

Asimismo, establece que la sanción no sólo es por la difusión, sino también la elaboración, venta, posesión o cualquier obtención de beneficio económico derivado del uso de IA para crear este contenido sin consentimiento.

Las denuncias 

El perfil del agresor digital

Capacitación 

La activista detalló que debe haber capacitación en las fiscalías, Secretarías de las Mujeres y demás dependencias para que tengan claro un protocolo de atención, en donde las mujeres víctimas de este delito puedan acceder a una justicia pronta y expedita.

Puntualizó que se realizarán mesas de trabajo con la Fiscalía General del Estado para saber cómo van las carpetas de investigación y cómo se están atendiendo a las víctimas, ya que desde que se presentó la Ley Olimpia no se había tenido acercamiento con el estado.

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