Mañaneras de Bonilla ya son constitucionales
En sesión extraordinaria, la XXIII Legislatura informó sobre la declaratoria de procedencia de adición al Artículo 8 de la Constitución local
Alejandro Domínguez / La Voz de la Frontera
Desde el inicio de su gestión, Bonilla Valdez mantiene una transmisión diaria por su perfil de Facebook, en la que aparece personalmente e informa la situación que guarda el estado, pero también arremete en contra de quienes considera sus opositores.
En varias ocasiones, el mandatario estatal asegura que tiene 2 millones de seguidores, por lo que no requiere pagar a medios por publicidad.
Entre los derechos que se han agregado a los bajacalifornianos, y que el algunos casos el mandatario puso a votación en su transmisión diaria por su perfil de Facebook se encuentra;
“Tener acceso gratuito a internet en las plazas y edificios públicos”.
“A tener acceso a una justicia pronta, expedita y eficaz; el ministerio público implementará la utilización de medios digitales para facilitar el acceso de la víctima a una denuncia accesible”.
“Acceso de programas de apoyo que ofrezca el Estado de acuerdo al presupuesto aprobado”.
“En el caso de los bajacalifornianos, a que se les apoye con un mínimo; Indispensable para vivir cuando se decrete por el Ejecutivo Estatal una emergencia sanitaria, de desastre o cualquier otra prevista por la ley”.
“Al libre acceso al agua y a la protección de la salud”.
“Al acceso a la cultura, al tiempo libre y al ocio, para lo cual las autoridades tomarán las medidas necesarias para el pleno disfrute de estos”.
“A vivir en ciudades seguras y libres de contaminación”
“A los Bajacalifornianos que se les apoye con un mínimo Indispensable para vivir de acuerdo al presupuesto del Estado, cuando sean familias de escasos recursos o caigan en la indigencia”.
“A que se les indemnice en los términos de la ley de la materia, cuando las autoridades estatales y municipales no actúen con diligencia y precaución en la realización de obras públicas”.
“Las víctimas de un delito a que se les atienda y a la reparación del daño en los términos de la ley y el presupuesto del estado”.
“A que se aplique el principio de la paridad de género en la integración del gabinete legal y ampliado y en los puestos de la administración pública estatal y municipal”.
“A que el Estado les proporcione el servicio de defensoría pública gratuita en los términos de la legislación aplicable”.


























