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Localmartes, 20 de julio de 2021

Pueden usuarios no pagar el DSAP a CFE

El convenio firmado entre ayuntamiento y la Comisió de Electricidad establece que el cobro no es obligatorio en los recibos de consumo, explicó el regidor Diego Echevarría

Yersón Martínez / La Voz de la Frontera

En el cabildo de Mexicali se presentó un punto de acuerdo para que el pago del Derecho al Servicio del Alumbrado Público (DSAP) se explique que no es obligatorio ni obligación de la Comisión Federal de Electricidad (CFE) cobrarlo.

El regidor Diego Echevarría Ibarra explicó y fundamentó basado en las cláusulas tercera, cuarta y quinta del convenio firmado entre ayuntamiento y CFE, que el cobro no es obligatorio y el usuario puede rechazar pagarlo al momento de pagar la luz.

EL CONVENIO

El DSAP en su apartado tercero del convenio señala a la letra: “El cobro por el suministro de energía eléctrica que presta el suministrador a sus usuarios no está supeditado al pago que los mismos deban realizar por el servicio del alumbrado público”.

“De recibirse únicamente el pago del DSAP, el suministrador deberá de entregar el remanente del monto recaudado al municipio, una vez hechas las aplicaciones de dicho monto conforme a la cláusula tercera de este convenio”, termina el texto.

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