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Localsábado, 19 de abril de 2025

Reparto de utilidades es un derecho: Profedet

Las empresas tienen hasta el 30 de mayo para realizar dichos pagos a sus trabajadores

Christian Galarza

La Procuraduría Federal del Trabajo (Profedet) informó que el reparto de utilidades de los empleadores a sus empleados es un derecho constitucional de los trabajadores.

Indicó que las empresas deberán cumplir con dicho reparto antes del 30 de mayo, mientras que los empleadores físicos tienen hasta el 29 de junio.

Al respecto, la Profedet detalló que dicho derecho está estipulado en el artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, donde se establece que los trabajadores tienen derecho a una participación de las utilidades generadas por la empresa.

En ese sentido, detalló que las personas que tienen derecho a dicho reparto son todas las personas trabajadoras, extrabajadoras de planta y eventuales que hayan trabajado en esa empresa o con esa persona empleadora, al menos 60 días durante el año.

Asimismo, otro sector de la población que tiene derecho al reparto son las personas trabajadoras en servicio activo, personas trabajadoras con incapacidad temporal, madres trabajadoras con licencia de maternidad y padres que hayan solicitado el permiso de paternidad.

¿Cómo se calcula?

Finalmente, la autoridad federal indicó que se considera como salario la cantidad que perciba el trabajador en efectivo por cuota diaria. Cuando la retribución sea variable, se tomará como salario el promedio de las percepciones obtenidas en el año.

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