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Localmiércoles, 17 de abril de 2024

Valida Congreso reformas para regular plataformas digitales que ofrecen hospedaje

En la ley se agregó como obligación de este servicio el supervisar que no se ocupen sus instalaciones para actividades que alteren el orden público

Ilse Gómez / El Heraldo de Chihuahua

En primera instancia se reconoce como prestador de servicio turístico en la entidad a todas aquellas personas que oferten sus inmuebles de tipo no hoteleros como servicio de alojamiento por medio de plataformas tecnológicas.

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La Secretaría deberá así generar un contacto directo con los mismos para informarles sobre las políticas públicas, derechos aplicables al sector turístico conforme a las disposiciones reglamentarias que se establezcan.

La persona prestadora del servicio será quien realice la determinación y retención del Impuesto Sobre Renta (ISR) a los usuarios de su servicio, así como enterar a la autoridad fiscal correspondiente sobre ello.

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