Crean unidades para administrar la Plataforma Nacional de Transparencia y resolver recursos de revisión
Dichas unidades absorberán las atribuciones del extinto INAI, aunque el Congreso aún deberá emitir las leyes secundarias
Fernando Merino / El Sol de México
La Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el pasado 31 de diciembre su Reglamento Interior, que es el primer esbozo de cómo funcionará el acceso a la información tras la extinción del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI).
El Reglamento perfila que la Plataforma Nacional de Transparencia (PNT), cuya desaparición fue una de las preocupaciones de organizaciones sociales con la desaparición del INAI, o el equivalente que creará la Secretaría encabezada por Raquel Buenrostro quede a cargo de la recién creada Dirección General de Plataformas para la Integridad y Transparencia.
Dicha Dirección General de Plataformas tendrá como objetivo “Diseñar y coordinar el desarrollo, implementación y administración de las plataformas y los sistemas para la integridad y transparencia, de los sistemas para la obtención y generación de información para la transparencia proactiva y la toma de decisiones, de las medidas de seguridad relacionadas y de las propuestas para su innovación tecnológica, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables”.
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El artículo 76 de la Ley de Transparencia obliga a los partidos políticos a mantener actualizada la información de sus gastos, sin embargo, Morena no ha cumplido desde hace seis mesesOtra área que se crea es la Dirección General de Transparencia de la Secretaría Anticorrupción que tendrá la atribución de “dirigir las acciones de atención a los recursos de revisión interpuestos ante la autoridad competente para conocer de los mismos respecto de las solicitudes de información y protección de datos personales”.
En entrevista con El Sol de México, el politólogo Gabriel Espinoza explicó que, si bien aún el Congreso tendrá que reformar las leyes secundarias para precisar cómo funcionará la resolución de los recursos de revisión, el Reglamento da una atribución específica a la Dirección General de Transparencia de atender los recursos de manera unipersonal y no de forma colegiada cómo lo hacían los siete comisionados del INAI.
“Va a haber recursos de revisión en los que una sola persona determine cuál va a ser el sentido de esa resolución sin que haya un órgano colegiado que decida y estas personas van a ser designados de forma directa por la titular (Raquel Buenrostro), entonces, no podemos asegurar una imparcialidad por parte de la persona que dicte los recursos de revisión, si de por sí era difícil con las personas comisionadas ahora imaginemos cuál va a ser el proceso cuando sea una persona que es designada de forma directa por parte de la secretaría”, sostuvo.
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Agregó que el Reglamento también establece que toda la política de gobierno abierto que tenía la anterior Secretaría de la Función Pública (SFP) va a pasar a la Agencia de Transformación Digital e Innovación, cuando eso aún no está definido en las reformas secundarios, por lo que estimó que el Reglamento podría experimentar modificaciones para adecuarse a lo que digan las leyes.