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Puebla18 de marzo de 2025
Localsábado, 15 de marzo de 2025

Aprueban que testigos de violación entre cónyuges puedan denunciar sin consentimiento de la víctima

Con esta reforma, la violación en el matrimonio o concubinato se perseguirá de oficio, es decir, una vez la autoridad inicie la investigación esta no podrá suspenderse, aunque la víctima lo solicite

violencia contra la mujer
No será necesario que la persona afectada presente la denuncia ante el Ministerio Público para iniciar las investigaciones, sino que también podrán hacerlo testigos. / Foto: Ilustrativa Laura Lovera / El Sol de México
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Daniela Hernández

El Congreso local aprobó una iniciativa de reforma al Código Penal de Puebla para que el delito de violación entre cónyuges o concubinos se persiga de oficio. Es decir, una vez el Ministerio Público se entere del delito, debe iniciar la investigación correspondiente, aunque no tenga el consentimiento de la persona afectada.

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La reforma fue propuesta por la presidenta de la Junta de Gobierno y Coordinación Política del Congreso local, Laura Artemisa García Chávez, quien observó que el delito de violación entre cónyuges o concubinos ha sido normalizado, basándose en la idea de que la pareja tiene que satisfacer las necesidades sexuales del otro, independientemente de su consentimiento.

Con esta nueva reforma, que entrará en vigor una vez se publique en el Periódico Oficial del Estado (POE), no será necesario que la persona afectada presente la denuncia ante el Ministerio Público para iniciar las investigaciones, sino que también podrán hacerlo testigos.

Lo anterior debido a que, según argumentó la diputada en su propuesta, este delito ha quedado impune en diversos hogares, debido a que las personas afectadas, por desconocer sus derechos o al normalizar la violencia sexual que viven, no presentan la denuncia correspondiente, lo que dificulta la impartición de justicia para las víctimas.

Además, al clasificarse la violación entre cónyuges o concubinos como un delito que se persigue de oficio, la investigación del mismo no podrá suspenderse por ningún motivo hasta que se dicte una sentencia, aunque la víctima quiera desistir del mismo.

Esto porque, al existir un vínculo entre la víctima y su agresor, este último puede persuadirla, bajo amenazas u otro tipo de violencias, para que desista del proceso judicial. Así, aunque la persona denunciante no quiera seguir con el mismo, el Ministerio Público tendrá la obligación de investigar el delito.

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Incluso, aunque entre cónyuges o concubinos se perdonen y queden en buenos términos, la autoridad seguirá con el proceso de investigación, hasta el desahogo del mismo, es decir, tendrá la obligación de emitir una sentencia, porque en los delitos que se persiguen de oficio no está aceptado el perdón o el arreglo entre la víctima y su agresor.

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