El artículo10 de la Ley General de Partidos Políticos (LGPP), establece que: Las organizaciones de ciudadanos que pretendan constituirse en partido político nacional deberán obtener su registro ante el Instituto Nacional Electoral (INE). Tales organizaciones de ciudadanos, para que sean registradas como partido político nacional, deberán cumplir con los requisitos siguientes: Presentar una declaración de principios, su programa de acción y sus estatutos.
Por lo que respecta a la declaración de principios, consiste en la expresión pública de la plataforma ideológica del partido, concentra los postulados de carácter doctrinario, así como los objetivos que lo identifican, los requisitos que este documento debe contener son:
La manifestación explícita de los partidos políticos de regirse por lo establecido en el sistema jurídico mexicano, lo cual implica que los partidos políticos registrados ante el INE reconocen a la legislación mexicana como la única legítima, subordinándose a su autoridad en que se desenvolverá en todo proceso electoral, incluso en los casos en que exista una controversia; asimismo, se traduce como respeto al resultado de las elecciones.
Igualmente, este documento deberá contener la ideología política como un sistema de ideas, creencias y valores filosófico-políticos sobre el aspecto humano y social. Es necesario el establecimiento de estos principios con el fin de identificar la plataforma ideológica del partido y lograr que el elector o potencial afiliado tenga un referente real de las tendencias, doctrinas, convicciones y principios que el partido sustenta.
Este documento igualmente deberá observar la independencia que exige la ley a los partidos políticos respecto de organizaciones extranjeras y religiosas, tiene por objeto impedir que aquellos se subordinen a estas y evitar una indebida penetración en los asuntos políticos del país. El documento deberá contener el empleo de medios pacíficos, que son característicos de una vida democrática regulada jurídicamente.
Referente al programa de acción, deberá contener las medidas que deberá cumplir el partido con relación a sus fines electorales, de educación cívica y de orientación política, determina las medidas para concretar sus principios y alcanzar los objetivos en enunciados en su declaración de principios; proponer las políticas a fin de resolver los problemas nacionales; ejecutar las acciones relativas a la formación ideológica y política de sus afiliados así como de preparar la participación de sus militantes en los procesos electorales, convirtiéndose este documento en un instrumento de actividad política, económica y social, materializado en un documento.
En cuanto se refiere a los estatutos, es el documento que integra las normas fundamentales que determinan el orden de organización y actividad de algunas instituciones. Estas normas indican los derechos y deberes de los afiliados las funciones y el régimen de trabajo para el gobierno de un partido político nacional. Este documento es básico, con el que un partido político debe contar para su registro, como partido político nacional.
Los estatutos deberán contener la denominación del partido, emblema y color o colores que lo caractericen y lo diferencien de otros partidos políticos, procedimientos para la afiliación, libre y pacífica, de sus miembros, así como sus derechos y obligaciones. Dentro de los derechos, se incluirán el de participar personalmente o por medio de delegados en asambleas y convenciones, y el de poder ser integrante de los órganos directivos, los procedimientos democráticos para la integración y renovación de los órganos directivos, así como las funciones, facultades y obligaciones de estos. Es requisito esencial que los estatutos establezcan como obligación del partido político contar con los siguientes órganos: a) una asamblea nacional o equivalente; b) un comité nacional o equivalente, que sea el representante nacional del partido: c) comités o equivalentes en las entidades federativas: d) un órgano responsable de la administración de su patrimonio y recursos financieros, así como de la presentación de los informes de ingresos y egresos anuales, de campaña durante los procesos electorales.
Actualmente se están realizando a nivel nacional asambleas estatales y distritales de las organizaciones políticas que han solicitado su registro como partido político nacional; el INE es fedatario de que tales organizaciones públicas cumplan con lo establecido en tales documentos.
*Vocal Ejecutivo de la 02 Junta Distrital Ejecutiva Instituto Nacional Electoral en Tlaxcala