Publican en el Diario oficial Ley Olimpia
También se considera violencia digital a aquellos actos dolosos que causan daño a la intimidad, privacidad o dignidad de las mujeres
Roxana González
Las reformas a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia en materia de violencia digital y mediática (conocida como Ley Olimpia), fue publicada este martes en el Diario Oficial de la Federación (DOF).
A la ley general se agrega el capítulo IV Tercero denominado “De la Violencia Digital y Mediática” al Título II, el cual habla de las modalidades de violencia.
También se considera violencia digital a aquellos actos dolosos que causan daño a la intimidad, privacidad o dignidad de las mujeres mediante tecnologías de la información y comunicación.
La autoridad también tendrá que solicitar el resguardo y conservación lícita de este contenido dañino denunciado.
Este delito también ocurre cuando se videograba, audiograba o fotografía, imprime o elabore imágenes, audios y videos con contenido íntimo sexual de una persona también sin su consentimiento.
Y se castiga con una pena de entre tres a seis años de prisión, así como una multa de 500 a mil unidades de medida y actualización (UMAs).
Este documento del DOF entrará en vigor al día siguiente de su publicación, es decir, a partir del miércoles 2 de junio de 2021.
El DOF también indica que los congresos de los estados de la república cuentan con 180 días a partir de la entrada en vigor para realizar adecuaciones legislativas locales.


























