“Se estima que la autoridad responsable, al momento de emitir el voto de acuerdo combatido, determinó de forma indebida que el ciudadano actor se encontraba prófugo de la justicia y que por ende, se ubicaba en el supuesto que prevé la Fracción V del Artículo 38 constitucional”.
Derivado del albergue de migrantes instalado desde el año pasado en el estacionamiento principal de Las Fiestas del Sol, informó Ismael Castro García, titular del FEX