¿Qué son los Agape?
El sector primario, que comprende rubros como la agricultura, ganadería, silvicultura y pesca, tiene una enorme importancia en el desarrollo de nuestra economía.
Mediante esta obra se ejemplifican, de manera clara y concisa, las obligaciones fiscales que deben cumplir los contribuyentes que tributen conforme a este régimen fiscal dentro de las modalidades siguientes:
Personas morales:
Personas físicas:
¿Cuándo se considera que mi actividad es exclusiva de “Agape”?
Para contestar dicha pregunta debemos consultar la LISR en su artículo 74 donde se establece los siguiente:
A continuación, compartiremos tres consultas referentes a esta situación que recibimos:
Consulta 1: Tengo un cliente que su principal actividad es la adquisición de ganado muerto y éste procesa para empaquetarlo por kilos, él se encuentra tributando como Agape, ¿es correcto?
Respuesta: No es correcto, ya que, si bien el contribuyente se encuentra enajenando un producto del sector primario, en este caso relacionado con la ganadería, no debe tributar dentro del régimen “Agape” por lo siguiente:
Su producto pasó por un proceso de industrialización
El contribuyente se encuentra realizando una segunda enajenación
Consulta 2: Tributo como “Agape”, ya que realizo la compra de zanahoria y papa a productores en mi estado, la cual empaqueto y exporto. ¿Mi situación tiene algún riesgo?
Consulta 3: Adquiero ganado de ciertos productores en Michoacán, dicho ganado tiene un proceso de engorda de 4 a 6 meses previos a que los enajene, ¿debo tributar como “Agape”?
Conclusiones
Dudas y comentarios:
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