¿Se eliminó la declaración en ceros?
Se suprimió el texto que impone a los contribuyentes a presentar declaraciones en ceros, lo cual nos indica que esa obligación ya no existirá. Con motivo de la reforma publicada al artículo 31, sexto párrafo del CFF, se eliminó la última oración que aún reza:
Esta opción, se extiende a las personas morales, a través de la regla 2.5.12. de la RMISC 2021, pero es temporal hasta por tres años.
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