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Análisislunes, 17 de noviembre de 2025

Ya viene el Aguinaldo

De acuerdo con la Procuraduría Federal del Trabajo (PROFEDET), éstas son las preguntas más recurrentes de la población trabajadora respecto al pago del aguinaldo:


Cuándo debe pagarse.- A más tardar el 20 de diciembre.


Qué pasa si no lo pagan.- La empresa se hace acreedora a una multa. Se contemplan sanciones de entre 50 y 5,000 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA) para este tipo de infracciones, esto equivale a multas de entre 5,657 y 565,700 pesos.


Qué pasa cuando el trabajador renuncia.- Las personas trabajadoras que renuncien a su empleo antes del 20 de diciembre, tienen derecho a que se les cubra la parte proporcional de aguinaldo por el tiempo que laboraron.


Qué pasa si el trabajador fallece.- Si un trabajador muere, su cónyuge, hijos menores de 25 años y ascendientes, al contar con la presunción de dependencia económica tienen derecho a recibir el pago del aguinaldo.


Qué impuestos se deben pagar.- Se le descuenta al trabajador el Impuesto Sobre la Renta (ISR), siempre y cuando el monto recibido sea superior a 3,394.20 pesos, esto es 30 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA).


Qué pasa con el aguinaldo cuando me despiden.- También debe ser cubierto con el finiquito, el cual contempla la parte proporcional del aguinaldo.


MF Luis Gómez, Analista Financiero.

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