SCJN publica tesis para proteger columnas de opinión
En tres tesis, la Corte subraya que las opiniones periodísticas y ciudadanas están protegidas por el derecho a la libertad de expresión
Aldo Canedo / El Sol de México
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) de México publicó tres tesis jurisprudenciales que buscan proteger la libertad de expresión de las columnas de opinión.
Las tesis fueron publicadas el pasado 8 de agosto en el Semanario Judicial de la Federación, correspondientes a diferentes resoluciones tomadas por la Corte.
En las tesis, la Corte subraya que las opiniones periodísticas y ciudadanas están protegidas por el derecho a la libertad de expresión, un pilar fundamental de la democracia.
Sin embargo, para gozar de esta protección, las publicaciones deben sustentarse en hechos de conocimiento público o proporcionar suficiente contexto para que los lectores puedan evaluar las afirmaciones.
La publicación derivó en una demanda por daño moral que obligaba a Aguayo a pagar una indemnización.
La Corte enfatizó que, en disputas entre privados, se debe analizar la veracidad de los hechos, la relevancia pública del tema y la ausencia de dolo en la difusión de la información.
Las tesis de la SCJN establecen que las columnas de opinión no pueden ser objeto de censura o sanciones económicas a menos que se demuestre una clara intención de dañar con información falsa.
Este criterio no solo protege a los periodistas, sino también a los ciudadanos que utilizan plataformas digitales para expresar sus puntos de vista sobre asuntos de interés público.
Canedo, sin eñe ni ele. Reportero de finales del 99. Me gusta investigar, preguntar, contar y redactar. Cubro temas de seguridad y justicia. Aquí y allá.




























