¿Cómo me puede multar el SAT?
A partir de los 18 años todos los ciudadanos están obligados a inscribirse al SAT
Andrea Pérez / La Prensa
De acuerdo con expertos financieros, estas nuevas reglas del SAT tienen como objetivo incrementar la recaudación de impuestos y evitar la evasión fiscal, elusión y corrupción.
Pero si eres principiante y no sabías que, a partir de los 18 años, todos los ciudadanos están obligados a inscribirse al SAT y pagar impuestos, aquí te explicamos lo que debes hacer para evitar una multa.
¿Qué son los impuestos?
Los impuestos son una contribución (pago) en dinero o en especie, de carácter obligatorio, con la que cooperamos para fortalecer la economía del país.
El impuesto más común es el Impuesto al Valor Agregado (IVA); es del 16% y se aplica al consumo de bienes y servicios.
El segundo es el Impuesto Sobre la Renta (ISR), el cual se aplica a todos los ingresos que percibe una persona. Por eso es importante que cada año o mes realices tu declaración, de acuerdo con la que hayas elegido.
¿Sabes cuál es el destino de tus impuestos?
¿Cómo me inscribo al SAT?
A partir de este, todas las personas que tengan 18 años deberán darse de alta en el SAT y tramitar su Registro Federal de Contribuyentes, sin importar si cuentan con alguna actividad económica.
Cabe mencionar que el RFC es una clave alfanumérica que está compuesta de 13 caracteres para personas físicas y 12 para las morales.
Hay dos opciones para que una persona obtenga su RFC:
Portal del SAT:
No se requiere presentar documentación.
Pasos para realizar el trámite
En el Portal del SAT
Ingresa a la sección Trámites y de la barra superior elige la opción RFC.
Del apartado Preinscripción, selecciona la opción personas físicas.
Llena los datos solicitados por el formulario electrónico: Inscripción al RFC.
Envía tú trámite al SAT e imprime la hoja previa con el número de folio asignado.
Agenda una cita y acude con la documentación del trámite a la oficina del SAT de tu preferencia.
Entrega la documentación a la autoridad fiscal que atenderá tu trámite.
Recibe solicitud y acuse de inscripción al RFC, así como los productos derivados del trámite.
Contar con Clave Única de Registro de Población (CURP) o:
Cédula de Identidad Personal, expedida por la Secretaría de Gobernación a través del Registro Nacional de Población (original), en caso de menores de edad que no cuenten con CURP;
Carta de naturalización expedida por la autoridad competente debidamente certificada o legalizada, según corresponda, tratándose de mexicanos por naturalización (original o copia certificada); o
Documento migratorio vigente, emitido por autoridad competente, en caso de extranjeros (original o copia certificada).
Comprobante de domicilio fiscal, cualquiera de los señalados en el inciso B) del apartado de Definiciones del Catálogo de Servicios y Trámites (original).
Poder notarial para actos de administración, dominio o especiales en caso de representación legal, o carta poder firmada ante dos testigos y ratificadas las firmas ante las autoridades fiscales o ante fedatario público (copia certificada).
Identificación oficial vigente del contribuyente o representante legal, cualquiera de las señaladas en el inciso A) del apartado de Definiciones del Catálogo de Servicios y Trámites (original).
Acuse de preinscripción en el RFC, si iniciaste el trámite por el Portal del SAT (original).
Atención presencial
Agenda una cita y acude con la documentación del trámite a la oficina del SAT de tú preferencia.
Entrega la documentación a la autoridad fiscal que atenderá tu trámite.
Recibe tu solicitud y acuse de inscripción al RFC, así como los productos derivados del trámite.
Regímenes Fiscales
Actividad Empresarial
Es para los trabajadores que realicen actividades comerciales, industriales, de autotransporte, agrícolas, ganaderas, de pesca o silvícolas (Para tributar en este régimen no se establece un límite de ingresos).
Arrendamiento
Las personas que obtengan ingresos por otorgar en renta o alquiler bienes inmuebles como son: casas habitación; departamentos habitacionales; edificios; locales comerciales, bodegas, entre otros.
Asalariado
Las personas físicas que perciben salarios y demás prestaciones derivadas de un trabajo personal subordinado a disposición de un empleador, incluyendo la participación de utilidades y las indemnizaciones por separación de su empleo.
Otros ingresos con tratamiento similar al de salarios:
Funcionarios y trabajadores de la Federación, Entidades Federativas y de los Municipios.
Miembros de las fuerzas armadas.
Rendimientos y anticipos a miembros de sociedades cooperativas de producción.
Anticipos a miembros de sociedades y asociaciones civiles.
Honorarios a personas que presten servicios a un prestatario en sus instalaciones.
Los comisionistas o comerciantes que trabajan para empresas personas físicas o personas morales.
Servicio Profesionales
Incorporación Fiscal
Como ejemplo de actividades empresariales: Fondas, misceláneas, salones de belleza, refaccionarias, talleres mecánicos, tintorerías, carnicerías, papelerías, fruterías, ente otras.
Obtén tu contraseña y e.firma
Tu contraseña del SAT te permitirá acceder a los servicios electrónicos.
La solicitas en las oficinas, necesitas:
Original y copia de tu identificación oficial.
Un correo electrónico.
La e.firma, antes firma electrónica o Fiel, es el archivo digital con el que podrás firmar trámites por internet con el SAT, o con otras dependencias del país. Es única, y vale tanto como tu firma autógrafa.
Para solicitarla necesitas:
Original y copia de tu identificación oficial.
Comprobante de domicilio fiscal.
Un medio de almacenamiento digital, USB, preferentemente nuevo.
¿Qué pasa si no me inscribo al SAT?
En caso de que no te des de alta y recibes algún tipo de ingreso podrías ser acreedor de una multa, pues dicha autoridad se alerta cuando una persona no inscrita comienza a recibir dinero por depósitos bancarios.
El SAT detecta cuando los gastos son mayores a los ingresos y genera una “Discrepancia Fiscal”, por lo que, por medio de un oficio, invita a esa persona a inscribirse para comenzar a pagar impuestos.
¿Cómo me puede sancionar?
Si eres una persona física o moral y desde hace tiempo no has realizado tu declaración ni pago de impuestos ¡OJO¡ eso podría hacerte acreedor de una sanción, multa o hasta de cárcel.
El SAT, al detectar una cuenta con un enorme adeudo (de millones de pesos), genera una liquidación fiscal o un crédito firme.
Si tienes alguna duda puedes ingresar al SAT para mayor información