No habrá más acciones afirmativas por parte del IEEBC
Esto debido a que la legislación electoral prohíbe a las autoridades electorales solicitar más requisitos que los que dice la ley
Nayeli Ramos / La Voz de la Frontera
“Hay un párrafo en la nueva ley que nos dice que no podemos pedir más de lo que estrictamente quedó en ley; los partidos en sus designaciones de candidatos si pueden poner lo que gusten, porque la ley dice al menos dos, al menos uno”
“Las autoridades electorales, administrativas y jurisdiccionales, no podrán condicionar el ejercicio de derechos o prerrogativas político-electorales de la ciudadanía solicitando mayores requisitos que los que expresamente determinan la Constitución y esta ley.”
“Este proceso, y el que sigue, y el que sigue, seguirán teniendo esas acciones afirmativas, ahora, no quiere decir que se queden ahí, en los siguientes procesos pueden cambiar la ley; nunca quitarlos, no pueden ir hacia atrás, en ningún momento ya el Congreso, bajo ninguna situación, va a poder quitar este derecho”
Jóvenes, personas con discapacidad y comunidad LGBT+
“Es la parte que todavía tenemos que interpretar y es la que todavía estamos analizando realmente como queda, si es uno de cada uno o es uno por los tres, incluso desde los mismos consejeros todavía estamos viendo ahí el asunto”
Pueblos indígenas y afrodescendientes.
“Lo más importante es que integran el concepto de igualdad sustantiva, donde ya debe manejarse no nomás la paridad, sino también la igualdad con todos los otros grupos minoritarios o en riesgo, y desde ese momento ya definieron lo que nosotros en su momento habíamos dejado como acciones afirmativas”