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Finanzaslunes, 13 de febrero de 2023

Prohiben uso e importación de maíz transgénico

El gobierno federal publicó un decreto de en el Diario Oficial de la Federación por el cual elimina el periodo de transición para dejar de utilizar maíz transgénico

Bertha Becerra / El Sol de México

El gobierno federal ordenó revocar y no emitir más autorizaciones para el uso e importación de maíz transgénico para alimentación humana, así como del glifosfato y los agroquímicos que lo contengan.

La oficina del presidente Andrés Manuel López Obrador publicó este lunes un decreto en el Diario Oficial de la Federación (DOF) un decreto para revocar y eliminar la fecha de transición para la sustitución gradual del maíz transgénico.

El nuevo decreto, que entra en vigor este 14 de febrero, modifica al publicado a finales de 2020, donde se estableció el 31 de enero de 2024 como fecha límite para concretar la prohibición.

Pero sobre todo, garantizar la alimentación nutritiva, suficiente y de calidad, por lo que se actualizan las disposiciones vigentes, con el fin de especificar su contenido y alcance.

Detalla que, además, a través de un proceso de vigilancia tecnológica se identificaron siete bioherbicidas disponibles a nivel mundial, que suman en total 12 alternativas, cinco que serán desarrollos de manufactura mexicana y siete ya en el mercado.

Y autorizaciones para el uso del grano de este maíz en la alimentación humana, que se realiza en el sector de la masa y la tortilla. Lo anterior, en congruencia con las políticas de autosuficiencia alimentaria del país.

Sin que ello implique que no se otorguen autorizaciones para el uso del maíz genéticamente modificado para la alimentación o uso industrial”, detalla el decreto.

El decreto prevé acciones para la sustitución paulatina del grano cuya industrialización genera productos destinados a la alimentación humana, desde el 31 de diciembre de 2020 y hasta el 31 de enero de 2024.

Durante dicho periodo, señala el DOF, el maíz genéticamente modificado puede destinarse a la alimentación animal y al uso industrial.

"Al concluir dicho período y alcanzarse la suficiencia en el abasto del maíz sin glifosato, este uso no deberá generar productos destinados a la alimentación humana”, detalla el decreto.

Pero sí podrá hacerse uso de dicho maíz en la fabricación de otros productos como cosméticos, textiles, calzado, papel, construcción, entre otros.

Así como de maíz genéticamente modificado para salvaguardar la salud, un medio ambiente sano y la seguridad y autosuficiencia alimentaria.

Señala que las autoridades competentes en materia de seguridad son las Secretarías del Medio Ambiente y Recursos Naturales, de Agricultura y Desarrollo Rural así como de Hacienda y Crédito Público, en lo relativo a la importación.

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