Contratos colectivos de trabajo no legitimados dejan de tener vida jurídica
El sindicato debe solicitar una constancia de representatividad ante el CFCRL que acreditará la autenticidad de las firmas del 30% de los trabajadores
Bertha Becerra / El Sol de México
El hecho de no tener legitimado un contrato colectivo de trabajo no significa la pérdida de derechos para los trabajadores, sino que pasan a contratos individuales, aseguró la titular de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, Luisa María Alcalde Luján.
Comentó que el sindicato debe solicitar una constancia de representatividad ante el CFCRL que acreditará la autenticidad de las firmas del 30% de los trabajadores que dijeron estar de acuerdo y hará un llamado para saber si existe otra organización que tenga esta o mayor representación.
Y en caso de que se presente más de una solicitud, el CFCRL, organizará una consulta a los trabajadores para determinar qué sindicato cuenta con el respaldo de la mayoría, ya que únicamente una organización sindical puede obtener la constancia de representatividad.
La intención es tener la capacidad de atender todos los requerimientos de legitimación, proceso al que invitó a preparar y llevar a cabo de una vez. Para ello, se deben tomar en consideración cuatro aspectos:
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Coordinarse con el empleador, planear con antelación, implementar un protocolo sanitario y coordinarse con la Unidad de Enlace para la Reforma Laboral de la STPS.
Participaron en esta reunión de trabajo el director general del CFCRL, Alfredo Domínguez Marrufo; el titular de la Unidad de Trabajo Digno. Alejandro Salafranca Vázquez y el director de la Unidad para la Implementación de la Reforma Laboral, Esteban Martínez Mejía.



























