SCJN desecha dos demandas contra Ley de Seguridad Interior
El Ministro Jorge Pardo Rebolledo admitió este lunes la controversia del municipio de Hidalgo del Parral, Chihuahua, para impugnar la Ley
Manrique Gandaria
Este lunes, la Corte informó que el Ministro Instructor desechó también la acción de Inconstitucionalidad de la Defensoría de Derechos Humanos de Querétaro, por no estar legitimada para recurrir a este medio de control para combatir leyes federales.
Al admitir la controversia presentada por el Ayuntamiento de Parral, el ministro negó la petición formulada por el municipio demandante de tener como terceros interesados a las 30 entidades federativas y a la Ciudad de México.
Tampoco acordó favorablemente la solicitud de poner a consideración del Pleno del Alto Tribunal la resolución prioritaria del presente medio de control constitucional.
También requirió al Congreso de la Unión, por conducto de las cámaras de Diputados y Senadores y de quien legalmente las representan, para que al rendir su informe envíen a la SCJN copia certificada de los antecedentes legislativos de la norma impugnada.
Señala que la controversia promovida por la CDHDF fue desechada porque ningún organismo estatal de derechos humanos puede recurrir a este medio de control en contra de poderes federales.
“No existe en el artículo 105 de la Constitución General, ningún supuesto que contemple la promoción de una controversia constitucional por parte de una comisión estatal de derechos humanos en contra de alguno de los Poderes de la Federación”, precisa el acuerdo.
El Ministro Pardo desechó también la acción de inconstitucionalidad que sobre el mismo tema promovió la Defensoría de Derechos Humanos de Querétaro, por no estar legitimada
Previamente, había desechado la acción de inconstitucionalidad promovida por el Partido Movimiento Ciudadano, debido a que debido los partidos políticos sólo pueden recurrir a este tipo de juicios para solicitar la invalidez de normas de naturaleza electoral.


























