El dirigente priista, Enrique Padilla Sánchez, afirmó que el país no alcanzará justicia plena hasta conocer la verdad sobre el magnicidio del excandidato presidencial
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Como un antecedente a las siempre cuestionadas reformas constitucionales, en este caso la referente a las leyes electorales, la iniciativa enviada a la Cámara de Diputados por Claudia Sheinbaum Pardo, presidenta de México, no podía ser la excepción, sobre todo por aquellas instituciones políticas que se ven afectadas en sus intereses particulares, en este sentido, se han polarizado las posturas hasta llegar a desacuerdos desafiantes para retirar el apoyo y acompañamiento si es que la reforma llega a consolidarse.
No se puede soslayar el hecho de que, en diferentes periodos de gobierno, se han realizado cambios estructurales que en apariencia son de beneficio popular, aunque, en contrasentido, a pesar de las intenciones, todo parece indicar que más bien se hicieron en la búsqueda de favorecer la permanencia en el poder; sirvan de ejemplo la realizada en la administración de Adolfo Ruiz Cortines, cuando se reformaron los artículos 34 y 115, fracción VI de la Constitución para hacer extensivo el voto a la mujer en todas las elecciones y para cualquier cargo de elección popular. El derecho de voto a los jóvenes de 18 años: el 22 de diciembre de 1969, se publicó en el Diario Oficial de la Federación la reforma al artículo 34 constitucional, que consistió en modificar su fracción I, que establecía como requisito para la ciudadanía “haber cumplido 18 años siendo casados o 21 si no lo son”, en la actualidad solo basta con tener los 18 años cumplidos, sea hombre o mujer, para ser considerados ciudadanos y tener derecho a votar.
Sin duda, estas lecciones recibidas en términos de tiempo y forma, afirman que no se pueden eludir los preceptos establecidos en las leyes electorales, los que, legalmente, deben quedar establecidos y fundados en la Constitución en términos del artículo 135; con esta base, los cambios estructurales sugieren una dinámica que se mantiene vigente, considerando las condiciones no solo sociales, sino las políticas que se derivan de las mismas leyes. En la actualidad, se presupone, según el gobierno y su iniciativa, el fin de un sistema que en otros tiempos fue centralizado y autoritario, para transitar a uno, en apariencia, democrático y descentralizado.
Bajo esta premisa, y en términos de la ley, la iniciativa de reforma electoral contempla, en una primera parte, la reforma de 11 artículos de la Constitución, entre ellos se contemplan la reducción de 128 senadores a solo 96; la modificación del mecanismo de elección de 200 diputados de representación proporcional a fin de “atender la crítica social a la designación cupular de los legisladores plurinominales al margen de la voluntad de la militancia y la ciudadanía”; modificar la formula con la que se calcula el presupuesto de los partidos políticos para reducir en 25 por ciento estas asignaciones; prohibir a partidos, precandidatos y candidatos recibir o ejercer para sus actividades o campañas electorales, gastos, aportaciones, donaciones o cualquier otro recurso en dinero o en especie que provenga de algún gobierno, fondo de inversión u organismo extranjero, persona física o moral extranjera o de personas que residan fuera del territorio nacional; obligar a los mismos actores a reportar al Instituto Nacional Electoral todos sus ingresos egresos y demás operaciones financieras; limitar los sueldos exorbitantes de los funcionarios comerciales; y reconocer el derecho de los municipios a organizar consultas populares, refrendos, plebiscitos y otros mecanismos de democracia directa, entre otras medidas. Evidentemente, el texto, desde una perspectiva particular, tiene como principios regulatorios todo lo referente a las cuestiones financieras y de controles presupuestales; sin embargo, a pesar de estos fundamentos, ya surgieron las confrontaciones respectivas, considerándolos atentatorios en la vida institucional de los partidos políticos, especialmente de los aliados a este régimen de gobierno lo que, sin duda, pone en riesgo la aprobación de las reformas.
En otro orden de ideas, se debe recordar que una de las tantas promesas realizadas en el sexenio anterior fue justamente la de transformar el sistema político electoral para reducir espacios en las cámaras y recortar los multimillonarios presupuestos designados a los partidos políticos; tal vez esta sea el origen y la causa por retomar las propuestas del periodo sexenal anterior.
Por supuesto, con esta argumentación, se han provocado encuentros y desencuentros, particularmente aquellos que trastocan los intereses de los partidos alineados a las causas de la Cuarta Transformación, el PT y el Verde Ecologista, institutos políticos que han dejado entrever la posibilidad de no participar en la aprobación de las reformas por considerar que se verían afectados la estructura del trabajo que han desempeñado a partir de ser solidarios con el gobierno.
Desde esta perspectiva, todo parece indicar que la propuesta no se socializó con los intervinientes, dicho de otra manera, con los partidos hasta hoy oficialistas, de ahí, ante la falta de consideraciones, los “inconformes” han asumido una postura de negación para que se puedan modificar las leyes electorales, de cualquier manera, en los siguientes días, tal vez, puedan llegarse a conciliaciones que les favorezcan, en su caso, se sobrentiende que pueden ser factores de alteración en los procesos del año siguiente.
Más allá de las inconformidades, se ha dicho que si la reforma no alcanza los objetivos esperados, ya se tiene preparado un plan alterno, el “B”, que permita la renovación de la ley; aunque también hay otro aspecto que parece olvidado, es decir, el tiempo que les apremia, pues solo resta un tiempo, de acuerdo con la ley, que se cumple a principios de mayo; mientras tanto, la ciudadanía tiene que esperar para saber si se lograron los acuerdos que propicien la aprobación a la reforma electoral.