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Análisislunes, 2 de diciembre de 2024

Violencia de género

  • Miguel Sánchez Ramírez

Sin embargo, el hecho de no contar con autoridades que atiendan los casos urgentes con facultades plenas, aun contando con los instrumentos jurídicos necesarios para que dichas acciones sean contundentes, limita en gran medida la actuación de quienes intervienen.

No obstante, debemos analizar que es un paso fundamental para actuar de manera eficaz y transcendente en la protección de las víctimas de violencia de género, que tanto daña a nuestra sociedad.

*Presidente de la Comisión de Disciplina del Consejo de la Judicatura del Estado de Tlaxcala.

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