Una de las obligaciones fiscales más relevantes para Personas Físicas y Morales, es la que se implemento, mediante el esquema digital, en el que los contribuyentes carguen en línea su información contable a través de la plataforma del Servicio de Administración Tributaria (SAT), en el que deben haber cargado en el sistema su catálogo general de cuentas con el código agrupador, que estableció el SAT, para la fiscalización de las cuentas de balance y de resultados del contribuyente y poder conocer las operaciones contables realizadas en cada mes y su acumulado de las mismas.
El catálogo general de cuentas, que es la estructura del sistema de contabilidad, que se formula en base a su actividad preponderante, tanto las personas físicas con actividad empresarial, como las personas morales dedicas a las actividades comerciales, industriales y de servicio, se envía por primera vez para la descarga inicial en la plataforma del SAT, y posteriormente se van registrando las balanzas de comprobación con los movimientos del mes correspondiente. Cuando existan modificaciones en el catálogo general de cuentas, se debe reenviar nuevamente para evitar errores de captura, mediante el validador de archivos XML, que revisa la información contable, antes de aceptar el envió.
Este proceso se realiza en archivos XML, de acuerdo a lo dispuesto en el Anexo 24 de la Resolución Miscelánea Fiscal, en que estos archivos son comprimidos en el forma ZIP, y algunos programas de contabilidad electrónica que existen en el mercado, ya tienen esta aplicación, para importar la información contable, comprimirla y enviarla al SAT, quien deberá a su vez, formular el acuse de recibido de la información mensual para efectos del cumplimiento de esta Norma.
Con esta información contable financiera, que se tiene la obligación de enviar mensualmente, como se comenta en los párrafos anteriores, sirve para la revisión digital del SAT, en el que puede observar discrepancias o movimientos inusuales de acuerdo al objeto social registrado por los contribuyentes.
Por lo cual, los contribuyentes deben tener su información contable depurada y digitalizada en los sistema electrónicos de los programas de contabilidad, respaldados en las pólizas contables y documentación comprobatoria original, debido a que el SAT, en caso, tenga alguna observación podrá solicitar las pólizas contables de ciertas operaciones, para su aclaración, como lo ven…¿Usted qué piensa?