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Análisismiércoles, 25 de febrero de 2026

Proteger los expedientes médicos

Por Evelyn Guzmán

La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, reconoce el derecho a la protección de datos personales y el derecho a la salud, principalmente en los artículos 6° y 16º;

La Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados, establece el derecho a la protección de los datos personales y en el caso de salud los clasifica como datos personales sensibles;

La Norma Oficial Mexicana NOM-004-SSA3-2012, establece los criterios obligatorios para la elaboración, integración, uso, manejo, archivo, conservación y confidencialidad del expediente clínico en los servicios de atención médica.

Coordinadora de la Causa Salud y Bienestar en Nosotrxs.

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