Proteger los expedientes médicos
Por Evelyn Guzmán
La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, reconoce el derecho a la protección de datos personales y el derecho a la salud, principalmente en los artículos 6° y 16º;
La Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados, establece el derecho a la protección de los datos personales y en el caso de salud los clasifica como datos personales sensibles;
La Norma Oficial Mexicana NOM-004-SSA3-2012, establece los criterios obligatorios para la elaboración, integración, uso, manejo, archivo, conservación y confidencialidad del expediente clínico en los servicios de atención médica.
Coordinadora de la Causa Salud y Bienestar en Nosotrxs.
















