Entra en vigor ley de revocación de mandato de Zacatecas
Al salir publicada en el Periódico Oficial del Estado
Raúl García / El Sol de Zacatecas
El proceso de revocación quedó definido en dicho decreto como “el mecanismo por medio del cual, la ciudadanía puede solicitar la terminación anticipada del mandato “debido a una pérdida de confianza”.
Preparativos y difusión
Se prohíbe a cualquier individuo contratar propaganda en radio y televisión que busque influir en la opinión ciudadana respecto a la revocación y tampoco se podrá hacer uso de recursos públicos para dicho fin.
El IEEZ organizará al menos dos foros de discusión en medios electrónicos garantizando un equilibrio en las posturas a favor y en contra de la revocación.
Jornada electoral
La jornada electoral se llevará a cabo el domingo siguiente a los 90 días posteriores a la emisión de la convocatoria.
El resultado
El artículo 58 de la ley señala que “La revocación de mandato sólo será efectiva mediante una mayoría absoluta” es decir, con más del 50% de los votos a favor.
Sin embargo, para que se declare válido este resultado y sea obligatorio, la participación de la ciudadanía en el proceso de votación deberá alcanzar, como mínimo, el 40% de las personas registradas en la lista nominal de electores
En caso de que los resultados determinen la aprobación de la revocación del mandato, se considerará que la persona que ocupa la titularidad del Poder Ejecutivo ha sido definitivamente separada de su cargo.

























