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Estimado lector, hace un par de semanas escribí sobre la deuda histórica que alcanzaba la actual administración, donde resalté las preocupaciones y bondades que se presentan al contratar deuda, sobre todo cuando hablamos del sector público que engloba a los tres niveles de gobierno y sus entes.
Si bien se podría pensar que en nuestro país la relación deuda-gobierno es inherente a la corrupción y al robo (dado que lo hemos visto una y otra vez a lo largo de nuestro país), la realidad es que, en papel, se cuenta con diversos mecanismos y “candados” que mitigan esta problemática y, en dado caso, se persiga y castiguen posibles delitos. Una de las herramientas más robustas que se tienen para garantizar que la deuda pública que se contrata cumpla con reglas, criterios y objetivos bien definidos es la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y Municipios (LDFEFM).
¿Qué hace esta ley? Establece los lineamientos y reglas generales donde precisamente se regula su endeudamiento, cuya finalidad es la de mejorar el control y limitar el nivel de endeudamiento a nivel estatal y local. Asimismo, esta ley es muy precisa en cuanto al actuar de las entidades federativas y municipios respecto de sus ingresos, egresos y deuda. Esta misma ley limita a que toda la deuda contratada por estados o municipios no podrá ser contratada con extranjeros, tampoco podrá ser pagada en moneda extranjera y, además, deberá ser contratada en territorio nacional. Adicional a ello, toda la deuda contratada deberá ser, de manera obligatoria, destinada a inversiones públicas productivas, refinanciamiento o reestructura, y deberá ser inscrita en el Registro Público Único (RPU) de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
Ahora bien, habiendo dado un poco de contexto referente a uno de los mecanismos que se tienen para tener un mayor y más eficiente control de la deuda en nuestro país, pasemos a analizar los datos recientes publicados por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. Al cierre del 2024, el saldo de la deuda directa estatal acumulado alcanzó los 630 mil millones de pesos (mmdp), de los cuales únicamente 36 mmdp corresponden a montos contratados de deuda de corto plazo. Es importante mencionar que, respecto a la deuda de corto plazo, la ley exige que todos aquellos estados que tengan contratada este tipo de deuda deberán liquidarla antes de la entrada de las nuevas administraciones (dependiendo de las entidades que tengan elecciones en el año corriente del monto de deuda).
Es importante mencionar que seis entidades concentran el 60 % del total de la deuda de corto plazo: en primer lugar, la Ciudad de México con 104 mmdp; seguida de Nuevo León con 73 mmdp; el Estado de México con 58 mmdp; Chihuahua, 53 mmdp; Veracruz, 46 mmdp; y Coahuila con 38 mmdp. En contraste, solo cinco entidades presentaron montos de endeudamiento de largo plazo menores a 3 mmdp: Aguascalientes con 2,972 millones de pesos (mdp), Querétaro con 2,455 mdp, Campeche con 2,083 mdp, Baja California con 1,685 mdp y, por último, Tlaxcala con cero pesos de deuda contratada, debido a los candados y exigencias plasmadas en las leyes estatales con la finalidad de evitar que gobernadores y presidentes municipales contrataran deuda.
Respecto a los saldos de corto plazo en comparación con el cierre del tercer trimestre del 2024, hubo un incremento de tres, pasando a seis entidades con montos de deuda mayores a los 3 mmdp: Nuevo León con 7,796 mdp, Baja California con 4,197 mdp, Sinaloa con 3,701 mdp, Sonora con 3,640 mdp, San Luis Potosí con 3,634 mdp y Guerrero con 3,330 mdp. Es de preocupar que el estado de Nuevo León concentre el 21 % del total de la deuda de corto plazo al cierre del 2024. En contraste, 17 entidades no tienen saldos de deuda de corto plazo reportados para este periodo.
Para concluir, si revisamos la información presentada por la SHCP en su Sistema de Alertas, cuya finalidad es la de medir el nivel de endeudamiento de las entidades mediante tres indicadores base: 1) Deuda pública y obligaciones respecto de los ingresos de libre disposición; 2) Servicio de la deuda y de obligaciones respecto de los ingresos de libre disposición; y 3) Las obligaciones de corto plazo, y proveedores y contratistas respecto de los ingresos totales. Dicha información únicamente posicionó al estado de Coahuila en color amarillo durante todo el 2024 (nivel de endeudamiento medio) y, por el contrario, el resto de las entidades fueron posicionadas en el Servicio de Alertas como color verde, lo que indica que tienen niveles de endeudamiento óptimos cuyo riesgo resulta menor.
Los resultados observados al cierre del 2024 nos invitan a hacer las siguientes reflexiones respecto a los niveles de endeudamiento que tienen adquiridas las entidades federativas en nuestro país: 1) ¿Qué tan sostenible resulta este nivel de endeudamiento estatal y nacional?, 2) ¿La contratación de deuda ha tenido un impacto positivo en sus habitantes mediante proyectos de inversión o infraestructura? y, 3) ¿Derivado de la guerra comercial que actualmente se tiene en Norteamérica, no deberían existir mecanismos más rígidos respecto del fin y objetivo de la deuda que se contrata? Nuestras autoridades deberán ser muy puntuales y conservadoras respecto a la deuda que se contrata, sobre todo en el posible escenario donde México entre en recesión en los siguientes meses.