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Análisissábado, 18 de junio de 2022

Los trabajadores del campo

Se consideran trabajadores del campo todos los que ejecutan las labores propias de las explotaciones agrícolas, ganaderas, acuícolas, forestales o mixtas, al servicio de un patrón.

Están contemplados dentro del capítulo VIII de la Ley Federal del Trabajo. Según datos del INEGI, en México, la población de 15 años y más ocupada en actividades agrícolas, es de 5.5 millones de personas a diciembre de 2015.

Las entidades de Chiapas, Guerrero, Michoacán de Ocampo, Oaxaca, Puebla y Veracruz de Ignacio de la Llave, concentran 58.7% de estos ocupados en el país.

Los trabajadores del campo pueden ser divididos en permanentes, eventuales o estacionales.

Trabajador eventual del campo es aquél que, sin ser permanente ni estacional, desempeña actividades ocasionales en el medio rural.

Por lo que hace a los trabajadores estacionales del campo o jornaleros son aquellas personas físicas que son contratadas para laborar en explotaciones agrícolas, ganaderas, forestales, acuícolas o mixtas, únicamente en determinadas épocas del año.

El trabajador estacional o eventual del campo que labore en forma continua por un periodo mayor a veintisiete semanas para un patrón.

Por lo que hace a las condiciones de trabajo, estas tienen que redactarse por escrito y atendiendo a lo dispuesto por el artículo 25 de la Ley Federal del Trabajo.

Según datos del INEGI, se estipula que México cuenta con 198 millones de hectáreas de las cuales 30 son tierras de cultivo, 115 de agostadero y 45.5 son bosques y selvas.

josedavalosmorales@yahoo.com.mx

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