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Hace apenas unas semanas, en estas mismas páginas, planteaba una pregunta que parecía demasiado optimista, incluso prematura, en relación con los primeros momentos de un juicio en la ciudad de Los Ángeles, en el que se debía decidir si el diseño mismo de las redes sociales tenía un potencial adictivo y nocivo para la salud y la estabilidad emocional de las personas, sobre todo de niños y adolescentes.
Entonces preguntaba si estábamos ante el principio del fin de la “adicción digital”. Esta semana, tras una serie de decisiones judiciales en Estados Unidos, esa pregunta ya no suena tan idealista. Más bien, se abre la oportunidad de pensar en otros diseños posibles para las redes sociales menos problemáticos.
En un tribunal de Los Ángeles, el jurado determinó que Meta y YouTube fueron negligentes al diseñar plataformas con características adictivas —como el scroll infinito, la reproducción automática o los algoritmos de recomendación— que contribuyeron al deterioro de la salud mental de una joven usuaria, cuyo caso se utilizó como representativo de varios casos más. Durante muchos años, las corporaciones detrás de las plataformas y las redes sociales habían podido eludir las responsabilidades por casi cualquier tipo de contenido que subieran sus usuarios, amparadas en la legislación vigente en Estados Unidos (Sección 230 de la Ley de la Decencia en las Comunicaciones). Esta vez; sin embargo, no se trató de juzgar contenidos, sino que se puso en el banquillo al diseño mismo de las plataformas.
Un día antes del veredicto en Los Ángeles, otro jurado en Nuevo México había encontrado responsable a Meta por no haber hecho lo suficiente para proteger a menores frente a depredadores y por engañar a los usuarios sobre la seguridad de sus servicios. En este caso, Meta enfrenta una multa de 375 millones de dólares. Y, como si esto fuera poco, en Delaware, también esta misma semana, un juez dictaminó que las aseguradoras de Meta (lo que puede ser extensivo al resto de las corporaciones) no están obligadas a cubrir sus gastos legales cuando los daños que causan derivan de decisiones deliberadas, no accidentes. Esta decisión se funda en que Meta contaba con suficiente información y datos propios como para saber que, en efecto, sus productos podían causar daño y, a sabiendas de ello, la empresa prefirió hacer caso omiso al respecto.
Así, esta semana tuvimos tres decisiones distintas en tres estados diferentes, pero con un hilo común: las redes sociales empiezan a ser tratadas como lo que realmente son —generadoras de servicios y productos con efectos sobre la salud—, y no como simples espacios neutros que solo conectan a personas y permiten la expresión. Estas decisiones tienen el potencial de cambiar muchas cosas en el entorno digital.
Como hemos dicho, por años la famosa Sección 230 ha protegido a las corporaciones de responsabilidad por el contenido publicado por terceros. Las resoluciones de estos tres casos dejan claro que el problema no es solo el contenido, sino la arquitectura misma de las redes, que incentiva conductas compulsivas. Por lo tanto, estamos entonces ante otra lógica jurídica. Varios expertos comparan lo sucedido en la industria tabacalera, donde durante mucho tiempo ocultaron las consecuencias adictivas y nocivas, y finalmente quedaron expuestas. Los cigarros no desaparecieron, pero la industria quedó estrictamente regulada.
En el caso de las redes y plataformas, las posibles consecuencias también podrían tener un gran alcance. Este año hay varios casos más en tribunales de todo Estados Unidos en los que, si se consolida esta línea de fallos, las empresas podrían verse obligadas a rediseñar de fondo sus productos para hacerlos mucho menos adictivos. Esto podría significar que todo el mundo pase menos tiempo en pantalla y, con ello, alterar seriamente el corazón de su modelode negocio basado en la economía de la atención.
Estamos hablando de consecuencias que irían mucho más allá de la protección infantil, pues si se reduce la lógica de enganche constante, también podrían disminuir los incentivos para amplificar contenido extremo, polarizante o emocionalmente incendiario. Menos tiempo atrapados en la plataforma podría entonces significar menos exposición a dinámicas que exacerban la división social.
Por supuesto, nada está garantizado, pues las empresas han anunciado que van a apelar estos fallos y, como decía en el artículo anterior, el camino legal será largo antes de establecer los términos finales. También, desde ahora, se puede suponer que el modelo de negocio digital —basado en captar nuestra atención— no desaparecerá fácilmente.
Con todo, algo ya cambió. Estos fallos dejan en evidencia para todos lo que hasta ahora eran conclusiones de expertos: las redes y plataformas no son espacios neutrales, su diseño importa y sus consecuencias no pueden ignorarse. Quizá, después de todo, no estamos aún al final de la adicción digital, pero sí, claramente, al final de su impunidad.