Un derecho humano asequible
El articulo 4º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que “Toda persona tiene derecho al acceso, disposición y saneamiento de agua para consumo personal y doméstico en forma suficiente, salubre, aceptable y asequible”.
Unos servicios asequibles son esenciales para garantizar el acceso al agua y el saneamiento, especialmente para las personas que viven en la pobreza.
En este contexto es especialmente importante garantizar que esa población en condiciones de pobreza y sobre todo aquella en condiciones de pobreza extrema, no verán limitados sus derechos por no poder pagar las tarifas correspondientes a esos servicios.
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