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El acceso a la información de la ciudadanía por parte del gobierno, cada vez es más preocupante. Mientras la atención se dirigía a analizar y discutir la problemática elección de integrantes del Poder Judicial de la Federación, también se estaba gestando un verdadero problema en materia de privacidad de los datos de las y los mexicanos.
La Constitución contiene artículos fundamentales que protegen la privacidad. El artículo 6º establece que la información referente a la vida privada y los datos personales debe ser protegida. Por su parte, el 16 señala la inviolabilidad de las comunicaciones privadas, estipulando que solo la autoridad judicial federal, bajo petición y cumpliendo ciertos requisitos de fundamentación y motivación, puede intervenirlas.
Las disposiciones constitucionales deben ser analizadas y entendidas como un límite a la actividad gubernamental; sin embargo, el dilema se centrará en cómo se deben interpretar y aplicar estas garantías constitucionales frente a las nuevas leyes que pretenden, bajo la bandera de combatir la inseguridad, acceder a nuestros datos.
En efecto, ahora el gobierno mexicano tendrá acceso a múltiples datos personales de las y los mexicanos, lo cual debe prender los focos de alerta. A pesar de que la Constitución mexicana consagra el derecho a la privacidad, la implementación y las interpretaciones de las nuevas leyes sugieren un nuevo dilema. Ello es así, ya que recientemente el Congreso ha aprobado un conjunto de leyes y reformas que han otorgado al gobierno facultades ampliadas para acceder a la información personal de ciudadanas y ciudadanos.
La Ley del Sistema Nacional de Investigación e Inteligencia en Materia de Seguridad Pública, básicamente permite al Centro Nacional de Inteligencia (CNI) acceder sin autorización judicial a, entre otros datos, biométricos, fiscales, registros de comercio, financieros, bancarios y de telecomunicaciones (sin incluir intervención de comunicaciones).
Por su parte, la nueva Ley en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión introduce algunas disposiciones que permite no solo la localización de celulares sin orden judicial en determinadas situaciones. También obliga a las compañías de telecomunicaciones la entrega de información a las autoridades. Además, que ahora será una exigencia identificarse con CURP biométrica (o RFC para empresas) para activar servicios móviles, lo que implica una vez más recolección de datos personales que suscita preguntas sobre el alcance de la información que el gobierno puede almacenar y vincular a las y los ciudadanos.
No debe quedarnos duda que las recientes legislaciones desafían abiertamente el espíritu protector de la Constitución, generando un desequilibrio entre la necesidad de seguridad y el derecho fundamental a la privacidad. La tensión entre estos dos principios es un debate constante que la sociedad mexicana estará presenciando y experimentando.
A dicha tensión habrá que adicionar como preocupación la falta de controles estrictos sobre la posible legalización de un “Estado vigilante o gobierno espía”. Ello, pues hasta hace unos meses, el INAI era la institución que contaba con atribuciones para proteger la privacidad y controlar el acceso a la información en México. Como organismo constitucional autónomo, el INAI gozaba de independencia del Poder Ejecutivo, lo que le permitía fungir como un contrapeso y garante imparcial de los derechos de acceso a la información y protección de datos personales.
Dado que ahora dicho órgano fue desaparecido, el panorama ha cambiado drásticamente. Ello, pues la supervisión del tratamiento de datos por parte de entidades públicas y privadas, la atención de denuncias por violaciones a la privacidad, la imposición de sanciones y la promoción de una cultura de protección de datos, ahora será asumida por la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, una dependencia directa del Poder Ejecutivo.
Esta transición genera preocupaciones del más alto nivel. No solo por los posibles conflictos de interés que entraña que el gobierno sea quien regule y supervise las acciones relacionadas con la transparencia y la protección de datos. También porque la centralización de estas funciones debilitará la capacidad de las y los ciudadanos para defender sus derechos frente a posibles abusos estatales.
En conclusión, el derecho a la privacidad en México se encuentra en un punto crítico. La desaparición del INAI como contrapeso autónomo y las leyes que amplían las facultades del gobierno para acceder a los datos de las y los mexicanos plantean un desafío significativo para la protección de la información personal. Veamos si el Poder Judicial de la Federación, ahora con nuevos integrantes, seguirá siendo defensor de las reglas constitucionales en materia de privacidad de datos o simplemente será un observador.