Inoperante prisión preventiva oficiosa
No es sólo que no se han mostrado eficaces estas medidas, sino que lejos de buscar las causas de la violencia, la prevención del delito, la atención a víctimas y los programas de reinserción, continuamos en el mismo camino que no nos ha llevado hacia donde queremos ir.
Al mantener a miles de personas privadas de su libertad sin pruebas concluyentes de su culpabilidad, se genera una profunda incertidumbre sobre el paradero de los verdaderos delincuentes, quienes pueden seguir libres mientras la justicia se ve empañada por un sistema que encarcela sin certeza.
La culpabilidad no puede asumirse de antemano. La ampliación del catálogo de delitos susceptibles de prisión preventiva oficiosa responde a una presión social para buscar vías que nos lleven hacia un país más seguro, pero, al mismo tiempo, incrementa lo antes mencionado.
Si bien, las políticas de seguridad deben adaptarse a la realidad de la inseguridad, no podemos perder de vista que la violencia no es solo el resultado de una acción, sino que es el resultado de una estructura social profundamente lastimada.
En resoluciones de casos revisados por la CIDH, se ha advertido que la prisión preventiva oficiosa es sumamente violatoria de derechos humanos cuando es usada en exceso y aplicada de manera indiscriminada.
México ha firmado y ratificado ciertos tratados internacionales y al haberlo hecho, se tiene una responsabilidad vinculante de cumplir con ellos, pues el no hacerlo puede acarrear consecuencias internacionales, como bien lo hemos visto con otras reformas.
















